Diciembre 2025
Gemma Fabregat, Of Counsel de Sagardoy, analiza tres sentencias recientes que abordan cuestiones relevantes del derecho laboral.
Caso 1: Plus de toxicidad: devengo por días naturales o días de trabajo efectivo.
La sentencia que aquí nos ocupa, cual es la STS de 22 de octubre de 2025, rec. 4762/2023, resuelve una cuestión reiterada en materia de complementos salariales vinculados a condiciones especiales del puesto de trabajo: la forma de devengo del plus de toxicidad. El TS reafirma su doctrina consolidada y establece que este complemento solo se devenga por días de trabajo efectivo, salvo previsión expresa contraria del convenio colectivo, casando la interpretación de la STSJ del País Vasco 1054/2023, de 25 de abril, que había optado por el devengo por días naturales.
Caso 2: Directiva 2000/78, despido y discapacidad.
La sentencia Pauni constituye una clarificación decisiva en la intersección entre incapacidad temporal prolongada, despido y protección por discapacidad en el marco de la Directiva 2000/78/CE. El Tribunal de Justicia delimita con precisión cuándo una normativa nacional que fija un límite general de días de baja por año natural puede constituir una discriminación indirecta por motivos de discapacidad y cómo se articula ese límite con el deber empresarial de realizar ajustes razonables, que emerge como condición estructural de validez de la propia decisión extintiva.
Caso 3: Riesgo durante el embarazo, retribución y discriminación. STS 741/2025, de 18 de julio. Recurso de casación para la unificación de doctrina.
La STS núm. 741/2025, de 18 de julio, resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por una médica especialista en ginecología contra la STSJ de Madrid 533/2023, de 31 de mayo, que había revocado la sentencia estimatoria del Juzgado de lo Social n.º 35 de Madrid. El litigio se centraba en determinar si la omisión del abono de las guardias médicas no realizadas durante los períodos de suspensión del contrato por riesgo en el embarazo, nacimiento y cuidado de menor y lactancia acumulada constituye discriminación por razón de sexo.