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¿Es obligatoria la vacuna frente a la COVID para las personas trabajadoras?

12 de febrero de 2021
Actualidad

Una persona trabajadora no podrá ser despedida en caso de no vacunarse

 

La posibilidad de imponer obligatoriamente la vacuna abre un conflicto con varios derechos fundamentales de la persona trabajadora: el derecho a preservar su integridad física, la libertad de autodeterminación sobre el propio cuerpo y los relacionados con su intimidad y la protección de sus datos. Si bien el art. 22 LPRL establece excepciones al principio de voluntariedad de los reconocimientos médicos, precisan de una valoración conforme al criterio de proporcionalidad, tomando en consideración “la proporcionalidad al riesgo; la indispensabilidad de las pruebas (…), y la presencia de un interés preponderante del grupo social o de la colectividad laboral o una situación de necesidad objetivable”. La citada ley de Prevención de Riesgos Laborales contemplalos exámenes médicos en las empresas como un derecho de las personas trabajadoras y no como una obligación, por la empresa debe contar con el consentimiento de los empleados. Con ello, se pretende evitar intromisiones en la esfera médica, personal e íntima de los asalariados.

Los datos de estos exámenes médicos quedarán únicamente en manos del propio trabajador y del responsable médico encargado de los análisis «no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador». Solo en casos extremos, la empresa podría llegar a obligar a exámenes médicos a sus trabajadores, pero siempre tras un informe favorable de los representantes legales de la plantilla. El consentimiento de la persona trabajadora es la base sobre el que se apoyan los exámenes médicos a los empleados con mayor razón, se requeriría para la vacunación.

Una persona trabajadora no podrá ser despedida en caso de no vacunarse, dicha situación no está prevista como causa de despido. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a la empresa a una actuación preventiva frente a los riesgos que pueda acarrear la actividad laboral, pero siempre con un pleno respeto a la intimidad de las personas. Cualquier tratamiento médico entra dentro de la esfera personal e íntima de las personas.

Respecto de la contratación de trabajadores, la presidenta del Comité Económico y Social Europeo (CESE), Christa Schweng, realizó unas declaraciones sobre la posibilidad de que las empresas eviten contratar a un trabajador si no quiere vacunarse contra la COVID.

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