Abril 2025
El corte en el suministro eléctrico que afectó a nuestro país ayer, 28 de abril, ha provocado una serie de incidencias que impactan de manera directa en el normal desenvolvimiento de las actividades empresariales.
En este contexto, y sin perjuicio de las responsabilidades civiles que eventualmente las empresas puedan o no solicitar, resulta imprescindible advertir sobre las situaciones en las que puede encontrarse la empresa en su relación con las personas trabajadoras.
Desde la perspectiva del Derecho del Trabajo, al margen de recordar que la imposibilidad de prestar servicios en el día de ayer, así como, en su caso, el eventual abandono de puesto de trabajo por tal causa antes de que acabase la jornada ordinaria de trabajo no afecta a su consideración de día trabajado ordinario, retribuido y no recuperable, desde ese momento en adelante es importante contemplar o considerar los siguientes escenarios.